Por Pablo Cabral*
“La capacitación y actualización de los/as abogados/as del Estado Nacional se encuentra a cargo de la ECAE y su función resulta central en la tarea de reforzar la mirada jurídica de la actividad de asesoramiento y defensa del sector público nacional, a partir de la aplicación de la normativa protectora de los Derechos Humanos, el cumplimiento de las obligaciones establecidas constitucionalmente. Para que la Administración Pública cumpla con el programa establecido por el ordenamiento jurídico, garantizando los derechos de los habitantes de la Nación y llevando a buen puerto las políticas públicas que les dan contenidos concretos a los reconocimientos positivos de derechos”.
En momentos de cumplirse un nuevo festejo del día del Abogado del Estado, fecha establecida por un decreto presidencial firmado por Raúl Alfonsín a finales de 1984, quisiera compartir algunas reflexiones respecto a la importancia y necesidad de robustecer el sistema de capacitación de los profesionales del derecho que asesoran y defienden los intereses del Estado Nacional, tanto en la instancia administrativa como en los procesos judiciales.
Acceder a un sistema de capacitación y actualización teórica y técnica constante y continua es uno de los derechos de los que gozan todos los empleados públicos, reconocido, por ejemplo, en el artículo 16, inciso d, de la ley 25.164. Esta inversión del Estado en mejorar las capacidades técnicas y profesionales de todos/as los/as trabajadores/as públicos redunda sin duda en una mejor prestación de las obligaciones estatales y en la posibilidad de alcanzar los objetivos que nuestro ordenamiento jurídico pone en cabeza del sector público para efectivizar los derechos que la Constitución y los Tratados de Derechos Humanos reconocen a las personas individualmente y al pueblo en tanto construcción cultural colectiva.
El día del abogado estatal se recuerda en esta fecha, porque el 7 de noviembre de 1863 fue sancionada la ley 74 de Presupuesto Nacional para los ejercicios de los años 1863/64, por la que instituyó el cargo de Procurador del Tesoro, como continuador de algunas de las funciones que desempeñaba desde antaño el Fiscal General de la Nación. La consolidación institucional de la Procuración del Tesoro de la Nación se dio durante el gobierno de Juan Domingo Perón, mediante la sanción en 1947 de la ley 12.954 y su reglamentación por decreto N. 34.952/1947 que creó el Cuerpo de Abogados del Estado, encargado del asesoramiento jurídico y de la defensa en juicio del Poder Ejecutivo, siendo competente por ello para coordinar las asesorías de los distintos ministerios y reparticiones. Fue a partir de ese momento que el Procurador del Tesoro, como asesor del Poder Ejecutivo, con sus facultades originales y la de representante del Estado en juicio y demás competencias que se le han ido confiriendo por otras leyes de la Nación, ejerció hasta hoy la más alta función de asesoramiento y representación y asistencia del Estado.
En su condición de organismo técnico de derecho administrativo y de lo contencioso del Estado, el Cuerpo de Abogados/as del Estado -y los/as profesionales del derecho que lo integran-, cumplen un rol de interpretación y construcción del derecho público argentino que resulta relevante para consolidar un Estado social y democrático e inclusivo de Derecho. La capacitación y actualización de los/as abogados/as del Estado Nacional se encuentra a cargo de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado –ECAE- y su función resulta central en la tarea de reforzar la mirada jurídica de la actividad de asesoramiento y defensa del sector público nacional, a partir de la aplicación de la normativa protectora de los Derechos Humanos, el cumplimiento de las obligaciones establecidas constitucionalmente, a fin que la Administración Pública cumpla con el programa establecido por el ordenamiento jurídico, garantizando los derechos de los habitantes de la nación y llevando a buen puerto las políticas públicas que les dan contenidos concretos a los reconocimientos positivos de derechos.
Con el objetivo de lograr una mejora continua en la capacitación de calidad de los/as Abogados/as del Estado Nacional, la ECAE se propuso garantizar la continuidad de los cursos y ofertas educativas en curso a fin de permitir que todos los cursantes no vean interrumpida su capacitación, aun cuando en el país se vivieron momentos críticos -a partir de la pandemia del COVID/19- que obligaron a migrar la modalidad presencial de todas las actividades de la escuela a su plataforma virtual. Este primer año de la actual gestión de la ECAE sirvió para fortalecer y acrecentar sensiblemente su oferta educativa, en primer lugar mediante el lanzamiento de la Especialización en Abogacía del Estado –Abogar-, a partir del próximo año 2021, y a través de reinstalar la Maestría en Abogacía del Estado en convenio con la Universidad Nacional de Tres de Febrero -2021-, que iniciará también en el próximo año y estará dirigida por el profesor Patricio Sammartino y codirigida por la profesora Gabriela Stortoni. Estas dos propuestas de posgrado se encuentran enriquecidas por una muy variada propuesta de seminarios, cursos y jornadas y por próximas actividades destinadas a articular con la abogacía pública de las provincias argentinas, desde una verdadera práctica federal y democrática.
En definitiva, reflexionar en este día sobre el futuro de la abogacía estatal nos lleva a pensar en la necesaria planificación para fortalecer el actual sistema de capacitación en derecho público, desde una óptica constitucional, democrática en inclusiva del rol que el derecho para transformar nuestra sociedad.
*Subdirector Nacional de la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado
Las opiniones expresadas en esta nota son responsabilidad exclusiva del autor y no representan necesariamente la posición de Broquel.
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