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El rol de la Abogacía Pública frente a los “casos difíciles”

alonso
Por: Alex Luján 
Imagen: Condenados, Carlos Alonso, 2006, MNBA

En este texto el autor busca abordar algunas de las reflexiones que Rui Carlo Dissenha plasma en su artículo publicado en el sexto número de la Revista de la ECAE “Ensayo sobre la Abogacía del Estado, Hard Cases y hermeneútica Gadameriana” respecto del rol de la Abogacía Pública, en particular, frente a lo que conocemos como “hard cases” o “casos difíciles”.

En su texto Rui Carlo Dissenha formula un minucioso recorrido sobre los cambios que acontecieron en el rol de la Abogacía Pública a partir de la reforma constitucional en Brasil, al tiempo que invita a reflexionar en torno al rol que cumple el abogado del Estado frente a los denominados “hard cases”. Es decir, aquellos casos, siguiendo las palabras que utiliza del autor, en los que “la solución jurídica huye de la obviedad”. En esa línea, cita como ejemplo, el acceso a los medicamentos de alto impacto presupuestario a través de la vía judicial.

Afirma el autor que en estos casos “no hay solución simple brindada por la norma o por la jurisprudencia”  toda vez que el texto constitucional protege por un lado, la garantía de la dignidad humana y por el otro, la competencia y los límites negativos para la gestión del presupuesto.

En efecto, en los últimos años el avance de la ciencia importó el surgimiento de nuevas tecnologías sanitarias caracterizadas por su alto impacto presupuestario que tensionan un sistema de salud asentado sobre la base de los principios de solidaridad y equidad.

La judicialización de estos casos, desde mi punto de vista, presenta un complejo escenario que exige una ponderación de principios que debe ser “concretizada”. Al respecto, sostiene Lorenzetti que “El conflicto entre principios se soluciona mediante un juicio de ponderación de intereses opuestos. Se trata de cuál de los intereses, abstractamente del mismo rango, tiene mayor peso en el caso concreto”. (1)

Así, será en el caso concreto en el que el abogado del Estado encuentre las premisas necesarias que orienten su accionar. La defensa del Estado democrático y social de Derecho, como apunta Dissenha, exige un interés público contextualizado. En esa inteligencia, no debe perderse de vista que el campo de la salud se encuentra muchas veces atravesado por un conjunto de intereses que resultan extraños al ámbito de protección que otorga el derecho humano a la salud.

La Abogacía Estatal debe ser el instrumento que aporte elementos que permitan dilucidar el alcance y contenido específico de los derechos fundamentales, como es el caso del derecho a la salud, con miras a alcanzar decisiones fundadas y razonables en el contexto social imperante. Pues, el principio de razonabilidad reviste carácter obligatorio para todos los órganos del Estado. (2)

Es así, a mi modo de ver, como la Abogacía Pública robustece las bases sobre las que se asienta el Estado democrático y social de Derecho y contribuye a lo que el autor denomina la búsqueda por un interés público de amplia gama social y de amplia redistribución de justicia. 

1 – Lorenzetti, Ricardo Luis, “El Juez y las sentencias difíciles – colisión de derechos, principios y valores” TR LALEY AR/DOC/7339/2001

2 – Gelli, María Angélica “Criterios de interpretación y posiciones institucionales de la Corte Suprema (2004-2009)” LA LEY 19/10/2009 Cita: AR/DOC/3647/2009

*   Abogado UBA. Magister en Derecho Administrativo Universidad Austral. Asesor Legal Ministerio de Salud de la Nación.

Las opiniones expresadas en esta nota son responsabilidad exclusiva del autor y no representan necesariamente la posición de Broquel.

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